Abril 13, 2026
El Checklist del Empleador Exitoso: Más allá del contrato
Si bien la facultad de declarar la desnaturalización de contratos corresponde a los jueces laborales, también SUNAFIL tiene competencia para imponer sanciones por contratación fraudulenta.
En ese sentido, la entidad verifica el cumplimiento formal de los contratos sujetos a modalidad (su existencia, duración y registro) cuyos incumplimientos constituyen infracciones muy graves pasibles de multas. La entidad no sanciona “contratos mal redactados”, sanciona relaciones laborales encubiertas o simuladas y contratos temporales sin sustento. Por ello, un error en la contratación puede implicar para el Empleador multas, pagos retroactivos y procesos judiciales.
A continuación, FAQs (Check list legal) que todo empleador debe conocer para prevenir estos riesgos:
I. ¿Cuándo existe un contrato de trabajo?
Si una persona presta servicios personales, remunerados y subordinados, se presume contrato de trabajo a plazo indeterminado. El contrato de trabajo está regulado en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (artículo 4 – presunción de contrato indeterminado).
En términos simples, existe relación laboral si se cumplen estos 3 elementos:
- Prestación personal (la persona debe ejecutar el trabajo directamente).
- Remuneración (pago regular: sueldo, comisión, honorarios encubiertos, etc.).
- Subordinación (la empresa dirige, controla o fiscaliza). Más fiscalizado por SUNAFIL.
II. ¿Qué es una Locación de Servicios?
En la locación de servicios, el locador presta servicios sin subordinación. Es decir, trabaja de manera independiente a cambio de una retribución. Este contrato está regulado por el Código Civil.
Atención con las características de una Locación de Servicios:
- No existe un jefe directo.
- Tampoco se establece un horario fijo.
- No se exige control de asistencia.
- Sin sanciones disciplinarias.
- Se trabaja por resultados (no por “presencia”).
- Se emite recibo por honorarios.
III. Señales que convierten una locación de servicios en relación laboral – SUNAFIL
Señales típicas de locación válida
- Trabajo por entregables y objetivos.
- Autonomía técnica y organizativa.
- El locador decide su forma de trabajo.
- No usa correos diarios de órdenes ni reportes permanentes.
- No está integrado a la estructura interna.
- El locador asume la responsabilidad del servicio, inclusive si lo desarrolla con intervención de terceros.
Señales de relación laboral encubierta (desnaturalizada)
- Horario fijo o marcación.
- Órdenes diarias por correo o WhatsApp.
- Reportes permanentes a un jefe que pertenece a la estructura de la empresa.
- Uso de herramientas de la empresa como si fuera trabajador.
- Trabajo continuo y en el “core” del negocio.
- Exclusividad o permanencia disfrazada.
- Realiza los mismos servicios o similares a un trabajador que se encuentra en la planilla de la empresa.
Por ello, si se verifica subordinación, no importará como han denominado el contrato o si entregó recibo por honorarios a la empresa.
IV. Contratos sujetos a modalidad: son excepción, no regla. La regla es el contrato a plazo indeterminado (y más fiscalizadas)
Además, los contratos temporales (sujetos a modalidad) solo son válidos si cumplen con lo siguiente:
- Deben celebrarse por escrito.
- Es necesario que contengan una causa objetiva real.
- Asimismo, la causa debe mantenerse durante toda la vigencia del contrato.
- Finalmente, se deben respetar los plazos máximos según cada modalidad.
Si no se acredita causa objetiva o se usa una modalidad incorrecta, ocurre la consecuencia más grave:
Desnaturalización → el contrato se vuelve indeterminado.
V. Modalidades más usadas
1. Inicio o incremento de actividad (máximo 3 años)
- Se considera inicio de nueva actividad cuando la empresa comienza operaciones.
- También aplica en casos de ampliación de actividades.
- Asimismo, puede incluir la apertura de nuevos establecimientos o mercados.
En la fiscalización se debe poder acreditar el hecho (no basta “porque creció la empresa”)
2. Necesidad de mercado (máximo 5 años)
Aplica cuando existe un incremento temporal e imprevisible de la demanda.
No aplica para:
- Necesidades permanentes
- Actividades cíclicas
- Campañas repetitivas anuales (si son previsibles)
3. Obra o servicio específico (Su duración está vinculada a la duración de la obra/servicio real, verificable y temporal)
Este tipo de contrato permite ejecutar una obra o servicio concreto, determinado y verificable. Error típico: usado para cubrir puestos permanentes (“asistente administrativo”, “analista”, “operador”, etc.) sin obra real.
4. Suplencia (por el tiempo necesario)
Para cubrir el puesto de un trabajador con vínculo suspendido (descanso médico, licencia, maternidad, etc.). Requisito clave: el titular debe reincorporarse al término de la suspensión y finalizar el contrato y las labores del trabajador suplente.
VI. Desnaturalización ¿cuáles son los principales riesgos para el empleador?
Riesgo laboral y sancionador
- Por un lado, pueden generarse multas de SUNAFIL por infracciones laborales. La multa fluctúa entre S/ 1,265 a S/ 288,915 y dependerá del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
- Por otro lado, puede exigirse la regularización retroactiva en planilla.
- Contingencias en auditorias laborales y due diligence (mediana/gran empresa).
- Pago de beneficios sociales omitidos.
Riesgo económico retroactivo
- Por ejemplo, puede exigirse el pago de CTS, gratificaciones, vacaciones y horas extras.
- Además, se incluyen aportes a ESSALUD y otros conceptos laborales.
- Asimismo, pueden realizarse rectificaciones en declaraciones como PLAME y AFP.
- Finalmente, se aplican intereses legales laborales.
Riesgo judicial
- Demandas de reposición (si corresponde).
- Indemnización por despido arbitrario.
- Costos legales, tiempo de gestión, daño reputacional.
VII. Tu empresa usa locaciones de servicio o contratos temporales, ¿Qué debes revisar de inmediato? ¿Qué revisará SUNAFIL primero?
- En primer lugar, verifica si existe subordinación real.
- Luego, asegúrate de que la causa objetiva esté debidamente sustentada con documentos.
- Después, evalúa si el puesto corresponde a una necesidad permanente.
- Asimismo, revisa si se han excedido los plazos máximos o renovaciones permitidas.
- Finalmente, confirma que los contratos estén correctamente redactados y firmados.
¿Cómo puede ayudarte HUB Asesores?
En HUB Asesores te brindamos asesoría preventiva para reducir riesgos en fiscalizaciones:
- Revisión integral de locaciones y contratos temporales
- Sustento documental por modalidad
- Reestructuración contractual y políticas internas
- Preparación y defensa ante inspecciones SUNAFIL
Si tienes dudas o requieres asesoría no dudes en contactarnos.
Protege tu negocio hoy con HUB Asesores. Una correcta gestión de contratos laborales y locaciones de servicios te ayuda a evitar multas de SUNAFIL, pagos retroactivos y problemas legales futuros.


